PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

UPAP - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

Es un Programa que abarca diversos cursos de capacitación práctica y que se desarrolla desde el año 2009 en el ámbito de la Escuela de Administración Pública, habiendo sido diseñado por parte del titular de este blog, como parte de un proyecto de investigación.

Responsable y Planificador del Programa: Lic. Rubén Caliva
Capacitadores: Lic. Nancy Quinteros y Lic. Rubén Caliva

Objetivo General
Brindar una capacitación práctica y aplicativa al personal que se desempeña en los organismos estatales, sobre determinados procesos y áreas temáticas de la Administración Pública, a los fines de procurar un servicio ágil, oportuno y eficiente, acorde a lo que esperan las distintas entidades y la comunidad en general.

Los Cursos Talleres previstos en el Programa de Capacitación Práctica, son los siguientes:

• Mesa de Entradas
• Redacción
• Bases de Datos
• Comunicación Interpersonal
• Procesos Administrativos

En los cursos se realizan talleres prácticos y participativos, con la complementación de material escrito y presentaciones Power Point, culminando los mismos con un examen que acreditará la suma de conocimientos y la aprobación de los cursos correspondientes.

Para mayor información, puede contactarse vía email a la dirección rubencaliva@gmail.com

9 nov 2011

TEMARIO RESUMIDO PARA LOS AGRUPAMIENTOS ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO

CONCURSO DE INGRESO A PLANTA PERMANENTE: TEMARIO RESUMIDO PARA LOS AGRUPAMIENTOS ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO
   
Se especifica material de estudio resumido, elaborado por la Secretaría de la Función Pública conforme el temario General aprobado mediante Resolución SFP Nº 56/11, para los agrupamientos ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO, en base al cual se formularán las preguntas del Examen previsto en el procedimiento concursal de referencia.

1. Constitución Nacional. Facultades de las Provincias y sus ciudadanos (art. 5, 7 y 8) De los Derechos de los habitantes de la Nación (art 14 y 14 bis).

2. Constitución Provincial. Administración Pública. Principios Generales (art. 61). Incompatibilidades e Inhabilidades (art. 62). Declaración Jurada y Remuneración Extraordinaria (art. 63). Carrera Administrativa (art. 64). Derecho de Agremiación (art. 65).  Poder Legislativo (arts. 93). Cámara de Diputados (art. 96). Cámara de Senadores (art. 103). Poder Ejecutivo. Gobernador y Vicegobernador (art. 140). Atribuciones y Deberes (art. 144). Reemplazos y Acefalia (art. 146).

3. Régimen de Incompatibilidades del Empleado Público: Excepciones al régimen de incompatibilidad establecido por el artículo 62 de le Constitución Provincial (Ley N° 6504, art. 4°). Arts. 1 Decreto 14/91.

4. Ley de Creación de Ministerios (Ley 7483): Nombramiento de Ministros (art. 1).  Titular de la Administración Pública (art. 3). Representación de la Provincia frente a la Nación y demás provincias, naciones extranjeras y organismos internacionales (art. 4). Formación de las leyes: derecho del Gobernador (art. 5). Promulgación de las leyes (art. 8). Vicegobernador: función (art. 9). Ausencia temporaria del Gobernador: reemplazo (art. 10). Ley regulatoria de la delegación de competencias (art. 14). Facultad de creación de Secretarías y Subsecretarías (art. 34).

5. Estatuto del Empleado Público (Ley 5546): Alcance (art. 1). Condiciones de Ingreso y Reingreso (art. 3). Extinción de la Relación Laboral (art. 8). Obligaciones (art. 11). Prohibiciones (art. 12). Derechos (art. 13).  Carrera Administrativa (art. 25). Viáticos (art. 23). Vacaciones Anuales Obligatorias (art. 27). Sanciones disciplinarias (art. 32).

6. Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto 4118/96): Ámbito de aplicación (art. 1). Concepto de Licencia (art. 3). Beneficios Previstos (art. 4). Autoridad de aplicación (art. 6). Licencia anual ordinaria obligatoria (arts. 7, 8, 10, 11, 14, 15). Licencias Especiales. Por enfermedad (art. 18 a 21 ambos inclusive). Afecciones o lesiones de corto tratamiento (art. 22). Retiro del lugar de trabajo por afección o enfermedad (art. 23). Afecciones o lesiones de largo tratamiento (art. 24). Incapacidad total y permanente: órgano de determinación (art. 29). Licencia por matrimonio (art. 51). Licencia por estudios, investigaciones o becas (art. 52 y 53). Licencia por examen (art. 55). Personal contratado (art. 87). Asistencia y puntualidad (art. 88).

7. Régimen Escalafonario (Decreto 1178/96): Ámbito de aplicación (art. 1). Agrupamientos (art. 2). Condiciones de Ingreso (art. 5). Agrupamiento universitario (art. 8). Agrupamiento Técnico (art. 10). Agrupamiento administrativo (art. 12). Agrupamiento Mantenimiento y Servicios Generales (art. 14). Función Jerárquica (art. 18). Cargos Políticos (art. 24, 25 y 26). Cobertura de vacantes (art. 30).

8. Ley de Procedimientos Administrativos (Ley N° 5348): Conflictos de competencia (art. 5). Deber de Obediencia (art. 16). Desconcentración y Descentralización (art. 17 y 18). Del Acto Administrativo en general: definición; valor del silencio y requisitos en general (art. 25 y 26). De la Ejecutoriedad (art. 79 y 80). De la Estabilidad e Irrevocabilidad del Acto (arts. 92 y 93). De los Reglamentos (arts. 101 y 102). De las Circulares e Instrucciones (Arts. 104 y 105). De los Dictámenes e Informes (arts. 106 y 107) Interesados, Representantes y Terceros (arts. 113, 115, 116, 117, 118). Constitución y Denuncias de Domicilios (arts. 121, 122, 123). Formalidades de los Escritos (arts. 124, 128, 129, 130). Ordenamiento de los Expedientes (arts. 131, 132, 135, 137, 138). Vista de las actuaciones (arts. 139, 140 Y 141). Principio del Informalismo a favor del Administrado (arts. 143, 144, 145). De las Notificaciones (arts. 146 y 147). Plazos (arts. 152, 154, 156). De los Actos Impugnables (arts. 172 y 173). Formalidades de los Recursos (art. 174). Tipos de Recursos (art. 176,  177, 179, 180, 184 y 185).

9. Reglamento General para el Concurso de Cargos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto 2790/10). Autoridad de Aplicación (art. 2).  Tipos y Modalidades de Concursos (art 3). Etapas (art. 4).  Del Jurado Evaluador,  cantidad  de miembros y conformación (art.  16). De la forma de calificación, factores ponderables y tope (art  33) Puntaje mínimo para aprobar (art.35). De la entrevista personal a los aspirantes (art. 39). Del perfeccionamiento del procedimiento concursal (art 48).

10. Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto 2615/05). Ámbito de Aplicación (art. 1) Condiciones mínimas de Ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública (art. 5) Nivel de agrupamiento de ingreso (art. 6). Restricciones al Ingreso (art. 7). Carrera del Personal. Objetivos y principios generales  (art. 8 y 9). De la Estabilidad del Empleo Público (art. 11). De la Comisión Negociadora Central. Conformación, funciones y atribuciones (art. 29 y 30). Reconocimiento gremial a Delegados (art. 32). De las sanciones a Delegados (art. 33). Del Derecho a la Información (art. 39). Día del Empleado Público Provincial (art. 49).

11. Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley Nacional 26.061). Objeto  (art. 2) Interés superior del niño (art.3)  Nociones generales sobre los principios, derechos y garantías protegidos (arts. 8 a 26).

12. Ley de Protección de Víctimas de Violencia Familiar (Ley Provincial 7403). Ámbito de Aplicación (art. 1).   Trámite, carácter de las presentaciones y audiencias (art. 3) Protección de la victima (art. 4).  Organismos ante los cuales denunciar (art. 5)  Medidas Previas (art.8).

13. Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones (Ley Nacional 26.485). Ámbito de Aplicación (art. 1) Objeto y Derechos Protegidos (art. 2 y 3). Definición,  tipos y modalidades de violencia contra la mujer. (art. 4, 5 y 6).

14. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (aprobada por Ley Nacional 26.378). Propósito de la Convención (art 1). Definiciones (art. 2) Principios generales de la Convención (art.3) Obligaciones Generales (art. 4) Igualdad y no discriminación (art. 5), Trabajo y Empleo (art. 27).



13 comentarios:

  1. SOLAMENTE SOBRE ESTO NOS HARAN EL EXAMEN???

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  2. las preguntas del examen seran formuladas desde la escuela de adm. publica?

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  3. con que anticipacion se nos va a notificar la fecha exacta en la que va a rendir cada reparticion ?

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  4. cual sera la metedologia del examen ? multiple choice? a desarrollar? cuantas preguntas?

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  5. luego de aprobar el examen , como quedaría la situacion de los concursantes con respecto ala funcion jerarquica.
    se mantiene?

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  6. @Anónimo Tal como les comuniqué en este blog, este es el Temario Reducido del cual se formularán las preguntas para el examen. Dicho temario fue elaborado por la Secretaría de la Función Pública y fue comunicado formalmente a los Responsables de Personal de cada Ministerio u organismo, según corresponda. Las preguntas son elaboradas por la Secretaría de la Función Pública, dado que es un temario general para todos los organismos. Hasta el lunes 14 de noviembre, se informará la fecha exacta en que se tomará el examen a cada organismo. El examen será con la modalidad de múltiples opciones, 30 preguntas para Profesionales, Técnicos y Administrativos, y 20 para el Agrup. Mantenim. y Servicios Generales. La FJ que eventualmente pudieran tener se mantendrá hasta que salga el Decreto que los designe en planta permanente, donde según la normativa vigente, deben ingresar por el escalafón inicial.

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  7. aun tengo duda de la ley 6504 sobre el regimen de incompatibilidades
    cuento con el art 82 al 84: pero me hace recencia a lo provisto del articulo 4 de la ley me podria decir a que se refiere este articulo

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  8. @An�nimo El art. 4º de la Ley 6504 es claro cuando refiere: Art. 4º.- Se establecen como únicas excepciones al régimen de incompatibilidad del artículo 61 de la Constitución provincial – de acuerdo a lo que establezca la reglamentación: a) El desempeño de la docencia en cualquiera de sus niveles y ámbitos. b) La cobertura de guardias médicas en los servicios médicos asistenciales. c) El personal o funcionarios que por sus condiciones o del lugar, resulten imprescindibles para el normal desenvolvimiento de los servicios, previa resolución fundada de la autoridad competente.

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  9. que pasa si no se aprueba el examen??como quedan los contratados y pasantes???

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  10. @Anónimo En el caso de las personas que no aprueben el examen, se pierden la oportunidad de pasar a planta permanente y continuarán en la misma situación en la que se encontraban hasta la finalización de sus respectivos convenios o contratos. La prórroga de los mismos, será facultad y decisión de los nuevos funcionarios.

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  11. disculpe soy ordenanza que todavía no estoy en la planta permanente. el miércoles 30/11/11 concursamos para pasar a planta permanente.¿ como quedaría si se desaprueba el examen ? gracias

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  12. @Anónimo No piense que desaprobará el examen porque seguramente está estudiando para aprobar el mismo. No obstante ello, más arriba contesté una pregunta similar a la suya.

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  13. LA FUNCION JERARQUICA DEBERIAN DARLE AL PERSONAL QUE TRABAJA EN EL COMPLEJO DE BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS DE LA PROVINCIA .DE HACE VARIOS AÑOS Y NO LA TIENE PARA PODER JUBILARSE UN POCO MEJOR ....Y NO AL PERSONAL QUE ENTRA RECIEN Y VA CONCURSAR A PLANTA PERMANENTE QUE SE GANEN EL PUESTO.....?????????????? BASTA DE ACOMODOS

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